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Actualización
Noticias Abril 2006

 


Noticias Importantes Hoy

Agosto 2006

7 de agosto de 2006.

Monto de autorización a inversión extranjera en más del cuarenta y nueve por ciento del capital social en sociedades mexicanas .

La Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras dió a conocer el monto del valor total de activos de sociedades mexicanas a partir del cual autorizará en éstas sociedades la inversión extranjera, directa o indirecta, en más del cuarenta y nueve por ciento del capital social . Se abroga la Resolución similar publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2005
Entra en vigor el 8 de agosto de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Resolución general número 7, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera

Habilitación del Puerto de Bahía Colonet, en Ensenada, Baja California, como puerto de cabotaje y altura

Hoy se dio a conocer la habilitación del Puerto de Bahía Colonet, en el Municipio de Ensenada, Estado de Baja California, como puerto de cabotaje y altura
Entra en vigor el 8 de agosto de 2006
DOF
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Decreto mediante el cual se habilita el Puerto de Bahía Colonet, en el Municipio de Ensenada, Estado de Baja California

Concesión otorgada en favor de Inmobiliaria Playa Ensueño, S.A. de C.V., para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en zona marítima para la construcción y operación de una marina de uso particular, en el puerto de Puerto Peñasco, municipio del mismo nombre, Estado de Sonora

Norma Oficial Mexicana sobre infecciones nosocomiales. Proyecto

El Proyecto dado a conocer hoy (PROY-NOM-045-SSA2-2005) establece los criterios que deberán seguirse para la prevención, vigilancia y control epidemiológicos de las infecciones nosocomiales que afectan la salud de la población usuaria de los servicios médicos prestados por los hospitales. A partir de hoy y durante los próximos  59 días naturales, los interesados, podrán presentar sus comentarios por escrito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades
DOF
Secretaría de Salud
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales

 01 de agosto de 2006

Reglas para sociedades de seguros y fianzas sobre servicios de auxiliares de sus operaciones.

Hoy se dan a conocer las Reglas sobre servicios y operaciones que contraten las sociedades de seguros y fianzas con auxiliares de sus operaciones.
Entra en vigor el 02 de agosto de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Reglas de carácter general sobre los servicios y operaciones que contraten o efectúen con terceros o con las sociedades a que se refieren los artículos 68 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 79 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, reputados complementarios o auxiliares de las operaciones que les son propias

Julio 2006

31 de julio de 2006

Apoyos al ingreso de Maíz, Arroz, Soya, Sorgo, Trigo, Cártamo y Canola, ciclo primavera-verano 2006. Lineamientos.

Hoy se dan a conocer los “Lineamientos Específicos del Subprograma de Apoyos Directos al Ingreso Objetivo de Maíz, Arroz, Soya, Sorgo, Trigo, Cártamo y Canola, ciclo agrícola primavera-verano 2006. Los lineamientos contienen los productos, estados y volúmenes estimados susceptibles de recibir el Apoyo Complementario al Ingreso. Los apoyos por tonelada se darán a conocer mediante las adiciones y modificaciones que se publiquen en el DOF, conforme a los precios que se registren a partir de las ofertas que presenten los compradores al momento de la cosecha, a los precios pactados en la agricultura por contrato, a los precios imperantes en el mercado internacional y a las condiciones del mercado regional que prevalezcan.
Los participantes deberán observar tanto los lineamientos como las reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 17 de junio de 2003 y, en su caso, a las modificaciones y adiciones que al efecto se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.
Entra en vigor a partir del 31 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Lineamientos Específicos del Subprograma de Apoyos Directos al Ingreso Objetivo de Maíz, Arroz, Soya, Sorgo, Trigo, Cártamo y Canola, ciclo agrícola primavera-verano 2006

Norma Oficial Mexicana, Para prevención, tratamiento y control de las adicciones. Proyecto de modificación

La norma (NOM-028-SSA2-1999) cuyo proyecto de modificación se da a conocer hoy tiene por objeto establecer los procedimientos y criterios para la atención integral de las adicciones y es de observancia obligatoria para los prestadores de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud y establecimientos de los sectores público, social y privado que realicen actividades de tratamiento de las adicciones. La publicación del proyecto se realiza para que los interesados, presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir del 31 de julio de 2006
Entra en vigor a partir del 01 de agosto de 2006
DOF
Secretaría de Salud
Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones

Norma Mexicana. Declaratoria de vigencia

La Norma Mexicana publicada establece para las agencias de publicidad  los sistemas, procedimientos de operación y procesos de calidad mínimos que deben cumplir.
Entra en vigor dentro de 60 días naturales contados a partir del 31 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-R-051-SCFI-2006

28 de julio de 2006

Exportaciones de México a la Comunidad Europea. Cupos 2006-2007: miel natural; espárragos; aguacate; melones; atún procesado y otros.

La Secretaría de Economía da a conocer hoy los cupos para exportar de México a la Comunidad Europea en el periodo de julio de 2006 al 30 de junio de 2007: miel natural; espárragos frescos o refrigerados; aguacate; los demás melones; atún procesado, excepto lomos; chicle; jugo de naranja, excepto concentrado congelado y jugo de piña, sin fermentar y sin adición de alcohol (concentrado mayor a 20° brix).

Entra en vigor el 29 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para internar a la Comunidad Europea en el periodo de julio de 2006 al 30 de junio de 2007: miel natural; espárragos frescos o refrigerados; aguacate; los demás melones; atún procesado, excepto lomos; chicle; jugo de naranja, excepto concentrado congelado y jugo de piña, sin fermentar y sin adición de alcohol con grado de concentración mayor a 20° brix, originarios de los Estados Unidos Mexicanos

Convenio de mejora continua de prácticas comerciales competitivas y de fomento a la micro, pequeña y mediana empresa.

El Convenio dado a conocer hoy, efectuado entre la  Secretaría de Economía y organizaciones con representación gremial y empresarial, tiene por objeto: impulsar y fomentar el cumplimiento de prácticas comerciales competitivas observando, entre otros, los principios de : Fomento a la libre competencia y concurrencia; cumplimiento estricto de lo pactado: compromiso de conducirse con lealtad y buena fe; libre determinación contractual; corresponsabilidad; competitividad; y apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa.

27 de julio de 2006

Exportaciones de México a la Comunidad Europea. Cupos 2006-2007: Jugo de naranja concentrado.

La Secretaría de Economía da a conocer hoy el cupo para internar a la Comunidad Europea en el periodo de julio de 2006 al 30 de junio de 2007: jugo de naranja concentrado (mayor a 20° Brix), congelado, originario de Mexico, con arancel-cupo preferencial
E
ntra en vigor el 28 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para internar a la Comunidad Europea en el periodo de julio de 2006 al 30 de junio de 2007, jugo de naranja concentrado congelado con grado de concentración mayor a 20° Brix, originario de los Estados Unidos Mexicanos

Norma Oficial Mexicana

Hoy se da a conocer el Proyecto de Norma Oficial mexicana sobre la pesca responsable de curvina golfina en aguas de jurisdicción federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. Especificaciones para su aprovechamiento. PROY-NOM-063-PESC-2005 . Este proyecto, aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable en sesión del 18 de abril de 2005; se publica hoy, para que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de hoy, los interesados presenten sus comentarios al Comité citado.
Entra en vigor en 60 días contados a partir de hoy.
DOF
Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural y Pesca y Alimentación
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-063-PESC-2005, Pesca responsable de curvina golfina (Cynoscion othonopterus) en aguas de jurisdicción federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. Especificaciones para su aprovechamiento

26 de julio de 2006

Permiso de Transporte de Gas Natural a Terranova Energía, S. de R.L. de C.V.,

La Comisión Reguladora de Energía informa en extracto que el 23 de mayo de 2006, otorgó Permiso de Transporte de Gas Natural (RES/104/2006), a Terranova Energía, S. de R.L. de C.V., para recibir, conducir y entregar gas natural por medio de ductos mediante la prestación de servicios en base firme e interrumpible, cuando esta última modalidad de servicio sea factible y esté disponible para los usuarios, en los términos del propio Permiso G/183/TRA/2006, mismo que tendrá una vigencia de 30 años. El sistema de transporte tendrá una capacidad a la presión de diseño, sin compresión, de 33.98 millones de metros cúbicos base por día (1,200 millones de pies cúbicos base por día).
DOF
Comisión Reguladora de Energía
Extracto del otorgamiento de Permiso de Transporte de Gas Natural de Acceso Abierto G/183/TRA/2006 a Terranova Energía, S. de R.L. de C.V.

Declaratorias de libertad de terrenos mineros. Insusbsistencia

Hoy se publica la insubsistencia de las declaratorias de libertad contenidas en las “Relaciones de Declaratorias de Libertad de Terreno 10/2006 y 11/2006”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2006, en virtud de que los títulos correspondientes fueron expedidos mediante concurso y serán concursados nuevamente.
DOF
Secretaría de Economía
Insubsistencia de declaratoria de libertad de terreno número I-10/2006

Norma Oficial Mexicana

Hoy se publica la Norma Oficial Mexicana NOM-039-PESC-2003, relativa a la Pesca responsable de jaiba en el Océano Pacífico (aprovechamiento)

Entra en vigor en 60 días contados a partir del 26 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural y Pesca y Alimentación
Norma Oficial Mexicana NOM-039-PESC-2003, Pesca responsable de jaiba en aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para su aprovechamiento

Juegos y sorteos. Montos de Aprovechamientos en 2006

Se da a conocer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizó a la Secretaría de Gobernación los montos bajo el esquema de aprovechamientos en materia de Juegos y Sorteos 2006 (permisos de sorteos, peleas de gallos, carreras de caballos, permisos para eventos de autofinanciamiento (adquirentes de vehículos, adquirentes de bienes inmuebles, adjudicación por sorteo para empresas de autofinanciamiento, cuotas por participación de grupos al evento de adjudicación), y espectáculos en vivo. Adicionalmente se publican los costos por interventorías en sorteos y ferias El acuerdo hoy publicado abroga el similar, del Diario Oficial de la Federación del veinte de julio de dos mil cinco.

Entra en vigor el 27 de julio de 2006

DOF
Secretaria de Gobernación
Acuerdo por el que se da a conocer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Secretaría de Gobernación los montos bajo el esquema de aprovechamientos en materia de Juegos y Sorteos 2006

25de julio de 2006.

Importaciones de electrodos convencionales de China

La Secretaría de Economía comunica hoy que continúa el procedimiento de investigación antidumping sin la imposición de cuotas compensatorias provisionales, a las importaciones de electrodos convencionales, originarias de China
Entra en vigor el 26 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de electrodos convencionales, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 8311.10.01 y 8311.10.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia

Importaciones de válvulas de hierro y acero de China

La Secretaría de Economía da a conocer  que ha concluido el procedimiento de investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de válvulas de hierro y acero, originarias de la República Popular China, sin extender la cuota compensatoria vigente de 125.96 por ciento
Entra en vigor el 26 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Resolución final de la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de válvulas de hierro y acero, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.18, 8481.80.20, 8481.80.04 y 8481.80.24 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia

Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico

Hoy se publicaron las reformas al reglamento de procedimientos para la atención de quejas médicas y gestión pericial de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Entra en vigor el 26 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Salud
Reformas al Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico

24 de julio de 2006

Importaciones de Avena excepto para siembra. Ampliación de cupo

Para complementar la insuficiencia en la producción nacional con importaciones a efecto de que las industrias que los utilizan en sus procesos productivos tengan acceso a insumos en condiciones similares a las que tienen en el exterior, se modifica el cupo unilateral para importar con el arancel-cupo establecido, avena, excepto para siembra, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2005:
Entra en vigor el 25 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer el cupo unilateral para importar con el arancel-cupo establecido, avena, excepto para siembra

Normas Mexicanas. Declaratoria de vigencia

Entrarán en vigor en 60 días naturales, contados a partir del 24 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-C-444-ONNCCE-2006. NMX-AG-009-IMNC-2006, NMX-CH-049-IMNC-2006, NMX-CH-5725/5-IMNC-2006, NMX-EC-17025-IMNC-2006, NMX-EC-15189-IMNC-2006 y NMX-SAA-14015-IMNC-2006. NMX-F-027-SCFI-2006, NMX-F-031-SCFI-2006, NMX-F-037-SCFI-2006, NMX-F-042-SCFI-2006, NMX-F-047-SCFI-2006, NMX-F-048-SCFI-2006, NMX-F-050-SCFI-2006, NMX-F-115-SCFI-2006, NMX-F-174-SCFI-2006 y NMX-K-306-SCFI-2006

Normas Mexicanas. Declaratoria de cancelación

Entra en vigor el 25 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Declaratoria de cancelación de la Norma Mexicana NMX-J-252-1977

21 de julio de 2006.

Reglas de Operación 2006 para Infraestructura Hidroagrícola, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento

Hoy se dan a conocer las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua que iniciaron su vigencia en el año de 2001, así como las modificaciones de que fueron objeto para el ejercicio fiscal de 2002 y 2003, así como aquellas que serán aplicables a partir del año 2006
Las acciones que contemplan las Reglas de Operación tienen por objeto incrementar el uso eficiente del agua en las zonas agrícolas y ciudades; apoyar el incremento de la producción y productividad de las superficies bajo riego y de temporal tecnificado; y ampliar las coberturas y mejorar los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento en zonas urbanas y comunidades rurales.
La Comisión Nacional del Agua actualizará los Manuales y Catálogos que se indican en los programas de las Reglas de Operación, en un plazo no mayor a 60 días a partir de hoy.
Entra en vigor el 22 de julio de 2006.
DOF
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, y sus modificaciones aplicables a partir del año 2006

Reglas y Criterios generales en materia de Comercio Exterior

Las reglas hoy publicadas tienen por objeto dar a conocer las disposiciones de carácter general en materia de comercio exterior, agrupándolas de manera que faciliten su aplicación por parte de los usuarios, así como de presentar de manera codificada dichos criterios para facilitar su conocimiento, uso y cumplimiento
Se abrogan los Criterios de la Secretaría de Economía en materia de permisos previos y de los programas de promoción sectorial, publicados en el DOF el 30 de enero de 2001, y sus reformas del 24 de mayo de 2001 y 29 de enero de 2004, así tambièn se abroga el Acuerdo por el que se dan a conocer diversas disposiciones en materia de instrumentos de comercio exterior y programas de fomento publicado en el DOF el 28 de marzo de 2002.
Entra en vigor el 22 de julio de 2006.
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior

Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables. Trigésima Octava Actualización

DOF
Consejo de Salubridad General
Trigésima Octava Actualización del Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables

20 de julio de 2006

No hubo noticias importantes a nivel nacional

19 de julio de 2006

Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Influenza

El Consejo de Salubridad General, en sesión ordinaria del 11 de mayo de 2006, acordó la instrumentación de un Plan de Preparación y Respuesta ante el riesgo de una pandemia de influenza
De acuerdo con estimaciones calculadas, en nuestro país del 15% al 35% de la población podría enfermar, ocurriendo la mayoría de los casos, en las primeras 6 semanas después del inicio de la pandemia, con la generación de graves problemas de disrupción social, y una gran demanda de atención médica que podría rebasar la capacidad de respuesta de los servicios de salud, por lo que se considera que existe un riesgo inminente de casos complicados y altas tasas de letalidad.
El Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Influenza, establece las actividades necesarias para evitar el riesgo de la enfermedad y su diseminación en el territorio nacional; con la coordinación del Comité Nacional para la Seguridad en Salud, presidido por la Secretaría de Salud
Las acciones el Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Influenza incluyen: Difusión y movilización social, Coordinación, Vigilancia epidemiológica, Atención médica, Reserva estratégica e Investigación y desarrollo
Entra en vigor el 20 de julio de 2006
DOF
Consejo de Salubridad General
Acuerdo por el que se establecen las actividades de preparación y respuesta ante una pandemia de influenza

Nuevo estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas

El Ejecutivo federal establece establece hoy un estímulo fiscal equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que deba pagarse por la importación o enajenación de jugos, néctares y concentrados de frutas o de verduras, de productos para beber en los que la leche sea un componente que se combina con vegetales, cultivos lácticos o lactobacilos, endulzantes u otros ingredientes, tales como el yoghurt para beber, el producto lácteo fermentado o los licuados, así como de agua no gaseosa ni compuesta presentada en envases menores de diez litros, con lo cual se homologa el tratamiento fiscal en el impuesto al valor agregado de estos productos, de forma tal que la industria productora de dichos bienes y su comercialización, no se vean afectadas por las distorsiones que se provocan en el mercado, cuando sólo algunos agentes que intervienen en la comercialización de los productos mencionados pueden aplicar la tasa del 0% a los productos mencionados, como consecuencia de resoluciones jurisdiccionales favorables.
El estímulo fiscal otorgado, asegura un tratamiento fiscal idéntico y condiciones de competencia similares para todas las enajenaciones de los bienes mencionados, desde el productor hasta el consumidor final, corrigiéndo así la distorsión que se provoca en la cadena de comercialización, cuando sólo alguno de los agentes que en ella intervienen puede aplicar la tasa del 0%.
El nuevo estímulo fiscal no será acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta a efecto de evitar distorsiones en el tratamiento fiscal aplicable a los contribuyentes que lleven a cabo la importación o la enajenación de los productos antes citados, puesto que aquéllos que obtuvieron una resolución judicial para aplicar la tasa de 0% del impuesto al valor agregado no tendrían un ingreso acumulable por el estímulo fiscal al no tener que optar por esta medida; en cambio, los contribuyentes que no cuentan con una resolución judicial similar y optaran por tomar el estímulo fiscal sí tendrían un ingreso acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta.
Entra en vigor el 20 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas

18 de julio de 2006

Se crean las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes)

Las reformas legislativas hoy publicadas permiten otorgar a las empresas mercantiles que se dediquen preponderantemente al arrendamiento, y/o factoraje, y/o al otorgamiento de crédito, las mismas ventajas fiscales y procesales que actualmente tienen las Sofoles, arrendadoras y empresas de factoraje, como entidades financieras.

Para otorgar las facilidades a entidades mercantiles que no requieran de autorización se crea la figura de entidad financiera no regulada denominada "Sociedad Financiera de Objeto Múltiple" o "Sofome". La denominación tendrá que ir seguida de la expresión Entidad No Regulada o E.N.R. En caso de estar vinculadas con un banco, llevarán la expresión Entidad Regulada o E.R. Estas nuevas sociedades tendrán que: establecer como su objeto social principal la realización de arrendamientos y/o crédito, y/o factoraje sin captar depósitos del público. Para que pueda tener las ventajas fiscales, una Sofome necesitará que el 70%de los activos de la sociedad sean cartera de crédito arrendamiento-factoraje o que el 70% de sus ingresos provengan de administrar la mencionada cartera. Las Sofomes, al igual que los centros cambiarios, estén sujetas a normas de lavado de dinero y serán supervisadas por el Servicio de Administración Tributaria.

Entra en vigor el 19 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley de Inversión Extranjera, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación

Tratado de Transportes Aéreos entre México y Estados Unidos. Enmienda

El Acuerdo dado a conocer el día de hoy, previamente aprobado por la Cámara de Senadores, conforme al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del trece de junio de 2006, tiene por objeto generar mayores oportunidades para el sector aéreo nacional , como son el flujo de pasajeros y de carga entre ambos países El Acuerdo beneficiará a las aerolíneas mexicanas y estadounidenses en lo que respecta a las oportunidades de crecimiento de rutas acordadas, y a las posibilidades de incorporar nuevos competidores al mercado actual. Además, permitirá que líneas aéreas mexicanas, pequeñas y de reciente creación, tengan acceso a rutas y mercados que tradicionalmente les habían sido negadas por no estar disponibles bajo el Convenio vigente, con lo que se fomentará su crecimiento y desarrollo.

Las modificaciones consisten en:
Vuelos Regulares

Pasajeros

Se aumenta de dos a tres el número máximo de líneas aéreas de pasajeros, de cada país, que pueden volar desde catorce ciudades en México a los Estados Unidos para las ciudades de Acapulco, Cancún, Cozumel, Huatulco, Ixtapa/Zihuatanejo, Loreto, Manzanillo, Mazatlán, Mérida, Oaxaca, Puerto Vallarta, y San José del Cabo, y con efectos a partir del 27 de octubre de 2007, para las ciudades de Monterrey y Guadalajara.

Carga

En el mercado de carga se incrementa a tres, el número de empresas designadas para dar servicio de transporte de carga entre los Estados Unidos y nuestro país, con el mismo periodo de dos años de demora para las ciudades de Monterrey y Guadalajara.

Adicionalmente, se elimina la restricción de permitir máximo cinco empresas cargueras por país que podían participar en este mercado, lo cual restringía el establecimiento de nuevas empresas mexicanas de carga.

Código Compartido

Se aumenta de cuatro a diez el número de líneas aéreas que pueden celebrar acuerdos de código compartido con las empresas de la contraparte con objeto de intensificar este tipo de asociaciones comerciales.

Asimismo, se incorpora la posibilidad de establecer acuerdos de código compartido con terceros países, con lo que se obtendrá un crecimiento considerable en el flujo de pasajeros entre México y Estados Unidos.

En el caso de México, se acordó considerar al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y al Aeropuerto Internacional de Toluca, Estado de México, como un mismo destino para efectos de publicidad y venta de boletos. Lo mismo se convino para los Aeropuertos de Washington D.C. y Baltimore en los Estados Unidos. Para México, esto permitirá incentivar el desarrollo del Aeropuerto de Toluca, sin generar una mayor saturación en el AICM, y ofreciendo más alternativas para los usuarios.

DOF
Secretaría de Relaciones Exteriores
Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América que Enmienda el Convenio sobre Transportes Aéreos del quince de agosto de mil novecientos sesenta, Enmendado y Prorrogado, firmado en la Ciudad de México, el doce de diciembre de dos mil cinco

17 de julio de 2006

Importación de automóviles nuevos de Brasil. Cupos 2006. Modificación

La Secretaría de Economía para establecer con precisión la utilización del cupo para el segundo semestre de 2006, hace del conocimiento público que a partir del 1o. de julio de 2006 las empresas podrán solicitar el canje de los saldos no ejercidos de sus cupos, por cupos en unidades que se clasifican en cualquiera de las fracciones arancelarias establecidas en los cuadros 1 y 2 del artículo 1o. del Acuerdo, siempre que la suma de las cantidades asignadas para 2006 no excedan de las 210,000 unidades que se indican en el mismo artículo 1o. del Acuerdo. Lo anterior con bases en el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar hasta el 31 de diciembre de 2006, vehículos automóviles nuevos, originarios y provenientes de la República Federativa del Brasil conforme al Acuerdo de Complementación Económica No. 55 suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2005
Entra en vigor el 18 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los cupos para importar hasta el 31 de diciembre de 2006, vehículos automóviles nuevos, originarios y provenientes de la República Federativa del Brasil conforme al Acuerdo de Complementación Económica No. 55 suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur

Aditivos y coadyuvantes permitidos en la elaboración de alimentos, bebidas y suplementos alimenticios

En la elaboración de los alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, sólo se podrán emplear los aditivos y coadyuvantes listados en el Acuerdo hoy publicado por la Secretaría de Salud, mismo acuerdo que aborga al similar publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999
Entra en vigor el 18 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Salud
Acuerdo por el que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios

14 de julio de 2006

Apoyo Complementario al Ingreso Objetivo de maiz, arroz, sorgo, trigo, cartamo, canola y triticale, ciclo otoño-invierno 2005/2006

ASERCA, conforme a los lineamientos publicados en el DOF el día 5 de abril de 2006 y los  precios imperantes en el mercado,  otorgará a los productores de los granos y oleaginosas indicados, el apoyo directo por tonelada que se detalla en el Acuerdo hoy publicado.
DOF
Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural y Pesca y Alimentación
Primera modificación a los Lineamientos Específicos del Subprograma de Apoyos Directos al Ingreso Objetivo de Maíz, Arroz, Sorgo, Trigo, Cártamo, Canola y Triticale, ciclo agrícola otoño-invierno 2005/2006, publicados el 5 de abril de 2006, que adicionan el apoyo complementario al ingreso de los granos y oleaginosas que se indican

Exportación de huevo, yemas y ovoalbúmina de México a la Comunidad Europea. Cupo Preferencial

En el Acuerdo dado a conocer hoy se detalla el arancel-cupo preferencial para internar a la Comunidad Europea en el periodo de julio de 2006 al 30 de junio de 2007: huevo sin cascarón (secas, líquidas o congeladas) y yemas de huevo (secas, líquidas o congeladas) aptas para consumo humano y ovoalbúmina (apta para consumo humano), originarios de México.
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para internar a la Comunidad Europea en el periodo de julio de 2006 al 30 de junio de 2007, huevo sin cascarón (secas, líquidas o congeladas) y yemas de huevo (secas, líquidas o congeladas) aptas para consumo humano y ovoalbúmina (apta para consumo humano), originarios de los Estados Unidos Mexicanos

Importaciones de sacos multicapas de papel para cal y cemento de Brasil. Resolución final

Se confirma en todos sus puntos la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de sacos multicapas de papel para cal y cemento, originarias de la República Federativa de Brasil
DOF
Secretaría de Economía
Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por Klabin, S.A., en contra de la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de sacos multicapas de papel para cal y cemento, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4819.30.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Federativa de Brasil, independientemente del país de procedencia, publicada el 25 de enero de 2006

Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables. Trigésima Séptima Actualización

DOF
Consejo de Salubridad General
Trigésima Séptima Actualización del Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables

13 de julio de 2006

Normas Mexicanas. Declaratoria de vigencia

DOF
Secretaría de Economía
Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-CH-060-IMNC-2006, NMX-CH-064-IMNC-2006, NMX-CH-5725/3-IMNC-2006, NMX-CH-5725/4-IMNC-2006, NMX-D-300-IMNC-2006 y NMX-D-304-IMNC-2006

12 de julio de 2006.

Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Segunda Resolución de Modificaciones

Los contribuyentes que siendo personas físicas con actividad empresarial y perciban ingresos a que se refiere el artículo 136-Bis de la Ley del ISR en Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Quintana Roo, Veracruz y Zacatecas, realizarán los pagos a que se refiere dicho precepto en las oficinas autorizadas por las citadas entidades federativas, a través de las formas oficiales que éstas publiquen.
Los contribuyentes que enajenen terrenos, construcciones o terrenos y construcciones ubicados en Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas, realizarán los pagos establecidos en el artículo 154-Bis de la Ley del ISR en las oficinas autorizadas por las citadas entidades federativas, a través de las formas oficiales que éstas publiquen
Entra en vigor el 13 de julio de 2006.
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006

Terceros autorizados auxiliares al control sanitario

La Secretaría de Salud da a conocer hoy los  terceros autorizados auxiliares al control sanitario (laboratorios), mismos que proporcionarán información, comprobación de hechos o recomendaciones técnicas a la SSA, en materia de normas oficiales mexicanas, con base en las cuales ésta última podrá expedir certificados, autorizaciones o cualquier otro documento, según lo que establece la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias
DOF
Secretaría de Salud
Aviso por el que se da a conocer la lista general de terceros autorizados auxiliares al control sanitario

11 de julio de 2006

importaciones de policloruro de vinilo originarias de los Estados Unidos de América

Hoy la Secretaría de Economía da a conocer la resolución final que declara concluido el procedimiento de examen y determina la continuación de la vigencia de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de policloruro de vinilo, originarias de los Estados Unidos de América, por cinco años más contados a partir del 15 de agosto de 2005.
Los importadores de policloruro de vinilo que conforme a esta resolución deben pagar la cuota compensatoria, no estarán obligados al pago de las mismas si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto al de los Estados Unidos de América. La comprobación del origen de la mercancía se hará conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, en materia de cuotas compensatorias publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 1994, y sus modificaciones publicadas en el mismo órgano de difusión el 11 de noviembre de 1996, 12 de octubre de 1998, 30 de julio de 1999, 30 de junio de 2000, 1 y 23 de marzo y 29 de junio de 2001, 6 de septiembre de 2002, 30 de mayo de 2003, 14 de julio de 2004 y 19 de mayo de 2005.
Entra en vigor el 12 de julio de 2006.
DOF
Secretaría de Economía
Resolución final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de policloruro de vinilo, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 3904.10.03 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia

10 de Julio de 2006

Promulgación de Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la UIT (Ginebra 2003)

Hoy se promulgan las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), adoptadas en Ginebra, Suiza, el cuatro de julio de dos mil tres. Las Actas Finales fueron aprobadas por la Cámara de Senadores con Reserva, el veinte de octubre de dos mil cinco, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del veinte de enero de dos mil seis
DOF
Secretaria de Relaciones Exteriores
Decreto Promulgatorio de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-2003) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), adoptadas en Ginebra, Suiza, el cuatro de julio de dos mil tres.

Norma Mexicana. Declaratoria de vigencia

DOF
Secretaría de Economía
Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-W-160-SCFI-2006. (Tubos de cobre sin costura utilizados en la conducción de agua potable a baja presión)

07 de julio de 2006

Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Anexo 14. deducciones del ISR a Organizaciones No lucrativas

Hoy se publica el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, sobre deducciones del ISR a Organizaciones Autorizadas por la SHCP, mismo que contiene:
1.            Autorizaciones.
A.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Asistenciales (Artículo 95, fracción VI de la Ley del ISR)
B.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Educativos (Artículo 95, fracción X de la Ley del ISR)
C.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos para la Investigación Científica o Tecnológica (Artículo 95, fracción XI de la Ley del ISR)
D.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Culturales (Artículo 95, fracción XII de la Ley del ISR)
E.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Becantes (Artículos 95, fracción XVII y 98 de la Ley del ISR)
F.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Ecológicos (Artículo 95, fracción XIX de la Ley del ISR)
G.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos para la Reproducción de Especies en Protección y Peligro de Extinción (Artículo 95, fracción XX de la Ley del ISR)
H.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos de Apoyo Económico de Donatarias Autorizadas (Artículo 96 de la Ley del ISR)
I.              Organizaciones Civiles y Fideicomisos para Obras o Servicios Públicos (Artículo 31, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)
J.             Organizaciones Civiles y Fideicomisos Propietarios de Bibliotecas Privadas con Acceso al Público en General (Artículo 95, fracción XII, inciso d), de la Ley del ISR y Regla 3.9.5. de la RMF)
K.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Propietarios de Museos Privados con Acceso al Público en General (Artículo 114 del Reglamento de la Ley del ISR)
L.            Organizaciones Civiles y Fideicomisos Autorizados para Recibir Donativos Deducibles en los Términos de los Convenios Suscritos por México para Evitar la Doble Tributación (Artículo 95, fracciones VI, X, XI, XII, XIX y XX de la Ley del ISR y Regla 3.10.1. de la RMF)
2.            Revocaciones.
3.            Autorizaciones No Renovadas.
4.            Actualizaciones.
4.1.         Cambios de Domicilio
4.2.         Cambios de Denominación
4.3.         Cambios de Rubro
5.            Rectificaciones.
DOF
Secretaría de Hacienda Y Crédito Público
Anexo 14 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada el 3 de julio de 2006

Cuadro Básico de Instrumental y Equipo Médico2005. Primera Actualización

DOF
Consejo de Salubridad General
Primera Actualización de la Edición 2005 del Cuadro Básico de Instrumental y Equipo Médico

Acuerdo del IFE que aprueba fecha de cierre del PREP, difusión de avances del computo, tendencias, validez y definitividad de las elecciones correspondientes al proceso electoral federal 2005-2006

Hasta hoy se publica el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el día y la hora de cierre del Programa de Resultados Electorales Preliminares; la autorización para que el Secretario Ejecutivo dé a conocer en Consejo General los avances y la suma total de los cómputos de las elecciones federales; y la instrucción al propio Secretario Ejecutivo para instrumentar los mecanismos que permitan que el público en general conozca las instancias, etapas, fechas y plazos vigentes tanto para la difusión de las tendencias electorales y de los resultados, así como para llevar a cabo la declaración de validez y definitividad de las elecciones correspondientes al proceso electoral federal 2005-2006
El acuerdo contiene:
PRIMERO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo del Instituto que disponga lo conducente para que a las 20:00 horas del día lunes 3 de julio de 2006 se cierre la recepción y flujo de información del Programa de Resultados Electorales Preliminares. De este acto el Secretario Ejecutivo levantará constancia formal en presencia de los integrantes del Consejo General que así lo decidan y se brindará informe a dicho órgano.
SEGUNDO.- Se autoriza al Secretario Ejecutivo para que en sus informes sobre los cómputos distritales que presente en Consejo General, dé a conocer tanto los avances de la votación de la elección de Presidente de la República como, al concluir la totalidad de los mismos, la suma total de la votación correspondiente a dicha elección. Asimismo, se autoriza a que con base en los cómputos distritales, de entidad federativa y de representación proporcional en cada circunscripción, dé a conocer los resultados y la suma total de la votación de las elecciones de diputados y senadores por ambos principios, según corresponda.
TERCERO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo para instrumentar los mecanismos que permitan una amplia difusión de las etapas, plazos, fechas y autoridades competentes para dar a conocer las tendencias electorales de la elección de Presidente de la República; para difundir los resultados preliminares y de los cómputos de las elecciones federales; y para declarar la validez y definitividad de los resultados de las mismas.
DOF
Instituto Federal Electoral
Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el día y la hora de cierre del Programa de Resultados Electorales Preliminares; la autorización para que el Secretario Ejecutivo dé a conocer en Consejo General los avances y la suma total de los cómputos de las elecciones federales; y la instrucción al propio Secretario Ejecutivo para instrumentar los mecanismos que permitan que el público en general conozca las instancias, etapas, fechas y plazos vigentes tanto para la difusión de las tendencias electorales y de los resultados, así como para llevar a cabo la declaración de validez y definitividad de las elecciones correspondientes al proceso electoral federal 2005-2006

6 de julio de 2006

Ley de Instituciones de Crédito. Reforma sobre salida de bancos del sistema financiero

Hoy se publica el decreto del Congreso de la Unión por el que se reforma la Ley de Instituciones de Crédito para que las autoridades financieras cuenten con mayores elementos para que al decretar una resolución bancaria, sobre todo, cuando presenten problemas que afecten su estabilidad financiera y solvencia,  se disminuyan costos, se establezcan mecanismos que ayuden a prevenir efectos sistémicos, se precisen los casos en los cuales la Comisión Nacional Bancaria y de Valores deba de proceder a intervenir una institución financiera y, como complemento a la reforma, se adecuan la Ley para regular las Agrupaciones Financieras y la Ley de Protección al Ahorro Bancario.
Entra en vigor el 7 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda Y Crédito Público
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y de la Ley de Protección al Ahorro Bancario

Precios estimados por la SHCP para la importación de vehículos.

La Secretaría de Hacienda da a conocer hoy la Resolución que reforma al anexo 2 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, aplicables a la importación de vehículos por año modelo.
Esta resolución deroga el artículo Segundo Transitorio de la Resolución que modifica al Anexo 2 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2005
Entra en vigor el 7 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda Y Crédito Público
Resolución que reforma al anexo 2 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Nueva Ley Federal de Seguridad Privada

Hoy se publica el decreto del Congreso de la Unión por el que se expide la nueva Ley Federal de Seguridad Privada que permitirá dar certidumbre jurídica a quienes reciben el servicio, a los que pudieran verse afectados por los actos de estos últimos¸ así como supervisar y regular los servicios de seguridad privada, (en el país existen aproximadamente nueve mil empresas de servicios de seguridad, estando registradas únicamente 260).
El Reglamento de ésta nueva Ley deberá expedirse dentro de un plazo no mayor de noventa días hábiles siguientes a la fecha en que ésta entre en vigor.
Entra en vigor el 7 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Seguridad Pública
Decreto por el que se expide la Ley Federal de Seguridad Privada

Norma Mexicana. Declaratoria de vigencia

DOF
Secretaria de Economía
Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-AA-120-SCFI-2006 que establece los requisitos y especificaciones de sustentabilidad de calidad de playas.

05 de julio de 2006

Calificación de la Elección Presidencial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, da a  conocer hoy el procedimiento para la calificación de la Elección Presidencial, mediante el cómputo final, la declaración de validez y la de Presidente electo, estableciendo al efecto:
La remisión de los expedientes de los cómputos distritales de la elección presidencial, por parte de los consejos distritales del Instituto Federal Electoral, en los términos precisados en el acuerdo en cita.
El Presidente de el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, requerirá al Consejo General del Instituto Federal Electoral la documentación presentada por los partidos políticos y las coaliciones, para el registro de sus candidatos a la elección de Presidente de la República.
El Presidente de el Tribunal Electoral también podrá requerir a las coaliciones y partidos políticos contendientes, y a sus candidatos, que presenten la documentación complementaria para la acreditación de los requisitos de elegibilidad para ocupar el cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
La Sala Superior de el Tribunal Electoral designará una Comisión de dos de sus Magistrados Electorales, para que procedan a la elaboración de un dictamen, con base en el estudio de la documentación con que se integre el expediente relativo, en forma de resolución, relativo al cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a la declaración de validez de la elección y a la de Presidente electo, en favor del candidato que hubiere obtenido el mayor número de votos. Dicho dictamen será sometido a la consideración y, en su caso, aprobación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la sesión pública que se convoque para ese único fin.
DOF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion
Acuerdo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sobre el procedimiento para la calificación de la Elección Presidencial, mediante el cómputo final, la declaración de validez y la de Presidente electo

Reglas generales para cuentas individuales a administradoras de fondos para el retiro y operadoras de la Base de Datos Nacional SAR

Las reglas generales hoy publicadas (Circular CONSAR 22-12,) tienen por objeto establecer los procedimientos a los que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR en lo relativo a la recepción, conciliación, dispersión, individualización y administración de recursos e información de las cuotas obrero patronales, aportaciones estatales, cuota social, aportaciones voluntarias, aportaciones complementarias de retiro, aportaciones de ahorro a largo plazo, aportaciones de vivienda, aportaciones al ahorro para el retiro y aportaciones al fondo de la vivienda, así como las demás aportaciones que, en su caso, deban acumularse en las cuentas individuales de los trabajadores
A la entrada en vigor de éstas reglas generales se derogan las Circulares CONSAR 22-10, “Reglas generales sobre la administración de cuentas individuales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR”, y CONSAR 22-11, “Modificaciones y adiciones a las Reglas generales sobre la administración de cuentas individuales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 1o. de agosto y 21 de diciembre de 2005, respectivament (con excepciones)
Entra en vigor el 6de julio de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Circular CONSAR 22-12, Reglas generales sobre la administración de cuentas individuales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR

Impuesto sobre la renta. Se amplía deducción por donativos de alimentación, vestido, vivienda y salud

Se amplía la deducción del iSR para que los contribuyentes puedan incluir otro tipo de bienes que, al ser donados, puede beneficiar a la población más necesitada. El incentivo fiscal permite deducir el importe de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubiera perdido su valor, se deduzca de los inventarios durante el ejercicio en que esto ocurra; siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley del ISR.
La deducción referrida podrá efectuarse siempre que antes de proceder a su destrucción, se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, conforme a la Ley del ISR, dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos, cumpliendo con los requisitos que para tales efectos establezca el Reglamento de la Ley del ISR"
Al respecto cabe destacar que desde el 2005, los bancos de alimentos han distribuido más de 39 mil toneladas de alimentos anuales, apoyando permanentemente a una población de 600 mil personas al mes, y distribuyendo los alimentos, principalmente en albergues para niños de la calle, orfelinatos, asilos, comedores comunitarios, poblaciones marginadas y localidades indígenas.
Entra en vigor el día 6 de julio de 2006.
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Primera Resolución de Modificaciones. Anexos 1 y 20

Hoy se publican los anexos 1 y 20 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada el 3 de julio de 2006, los cuales contienen:

 

Anexo 1

A.            Formas oficiales aprobadas.

1.        Código

2.        Ley del ISR

3. a 6. ............................................................................................................................................

B.            .......................................................................................................................................................

C.                    Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados.

D. a F.            .......................................................................................................................................................

Anexo 20

Medios electrónicos

A.     Características técnicas del archivo que contenga el informe mensual de comprobantes fiscales digitales emitidos.

B.     Estándares y especificaciones técnicas que deberán cumplir las aplicaciones informáticas para la generación de claves de criptografía asimétrica a utilizar para Firma Electrónica Avanzada.

C.     Estándar de comprobante fiscal digital extensible.

D.     Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales.

E.     Uso de la facilidad de ensobretado <Addenda>

F.            Uso de la facilidad de nodos <ComplementoConcepto> y <Complemento>
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Anexos 1 y 20 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada el 3 de julio de 2006

04 de julio de 2006

Calendario escolar 2006-2007 para educación básica y normal

Hoy se publica el calendario escolar para el ciclo lectivo 2006-2007, para educación básica y normal (Acuerdo número 387).
DOF
Secretaría de Educación Pública
Acuerdo número 387 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2006-2007, aplicable en toda la República para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica

Norma Oficial para Vehículos que usan diesel como combustible. Niveles permisibles. Proyecto

Hoy se publica el Proyecto de Norma Oficial Mexicana para vehículos que usan diesel como combustible.- Niveles máximos permisibles de opacidad, medida en coeficiente de absorción de luz, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición (PROY-NOM-045-SEMARNAT-2006)
La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor dentro de sesenta días contados a partir de hoy  04 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-045-SEMARNAT-2006, Protección ambiental.- Vehículos en circulación que usan diesel como combustible.- Niveles máximos permisibles de opacidad, medida en coeficiente de absorción de luz, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición

Norma Oficial Mexicana de Monitoreo Satelital de Embarcaciones Pesqueras. Proyecto

El proyecto de norma hoy publicado se expide para consulta pública, la cual durará 60 días naturales, contados a partir del 04 de julio de 2006, y tiene como propósito contribuir a un óptimo aprovechamiento de los recursos pesqueros y marinos, a través de un mayor control de las operaciones de la flota pesquera nacional, y es de observancia obligatoria para quienes realicen actividades de captura en embarcaciones pesqueras con motor estacionario (intraborda), potencia nominal superior a 80 Hp, con cubierta corrida y eslora superior a 10 m, que operen en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, Golfo de México y Mar Caribe, dentro de la Zona Económica Exclusiva, así como para aquellas embarcaciones de bandera mexicana que realicen actividades de pesca en la Alta Mar.
DOF
Secretaría de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-062-PESC-2005, Para la utilización del Sistema Satelital de Monitoreo de Embarcaciones Pesqueras

Autorización de auxiliares zoosanitarios

SAGARPA autoriza a médicos veterinarios verificadores, laboratorios de constatación y organismos coordinadores de la movilización animal como auxiliares, para el cumplimiento de la normatividad zoosanitaria
Entra en vigor el 05 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Acuerdo mediante el cual se establecen los requisitos para autorizar a los médicos veterinarios verificadores, laboratorios de constatación y organismos coordinadores de la movilización animal como auxiliares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el cumplimiento de la normatividad en materia zoosanitaria

Norma Mexicana. Declaratoria de vigencia

DOF
Secretaría de Economía
Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-FF-106-SCFI-2006

Norma Mexicana. Declaratoria de vigencia

DOF                     
Secretaría de Economía
Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-009/248-1-ANCE-2006, NMX-J-009/248-2-ANCE-2006, NMX-J-009/248-3-ANCE-2006, NMX-J-009/248-4-ANCE-2006, NMX-J-009/248-5-ANCE-2006, NMX-J-009/248-6-ANCE-2006, NMX-J-009/248-7-ANCE-2006, NMX-J-009/248-8-ANCE-2006, NMX-J-009/248-9-ANCE-2006, NMX-J-009/248-11-ANCE-2006, NMX-J-009/248-12-ANCE-2006, NMX-J-009/248-13-ANCE-2006, NMX-J-009/248-14-ANCE-2006, NMX-J-009/248-15-ANCE-2006, NMX-J-019-ANCE-2006, NMX-J-450-ANCE-2006, NMXJ-453-ANCE-2006, NMX-J-461-ANCE-2006, NMX-J-524/2-4-ANCE-2006, NMX-J-565/3-ANCE-2006 y NMX-J-571-ANCE-2006

03 de Julio de 2006

Tratado de coperación educativa y cultural entre México y Líbano

Hoy se promulga el Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Libanesa para incrementar la cooperación entre instituciones de ambas Partes en los campos de la educación, el arte, la cultura y el deporte. Con este Convenio se abroga el Convenio Cultural entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Libanesa, suscrito en la Ciudad de México, el 26 de julio de 1950, sin perjuicio de los proyectos que estén en ejecución
incrementar la cooperación entre instituciones de ambas Partes en los campos de la educación, el arte, la cultura y el deporte Secretaría de Relaciones Exteriores
Decreto Promulgatorio del Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Libanesa, firmado en la ciudad de Beirut, Líbano, el veintiuno de junio de dos mil

Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Primera Resolución de Modificaciones

Hoy se da a conocer la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006
Entra en vigor el día 04 de julio de 2006
DOF
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006

Norma Oficial Mexicana. Proyecto

Hoy se publica el Proyecto de Norma Oficial Mexicana sobre límites máximos de emisión de gases contaminantes de vehículos automotores que usan gasolina como combustible (PROY-NOM-041-SEMARNAT-2006). Esta Norma Oficial Mexicana abroga la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-1999, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de agosto de 1999.
Entra en vigor en 60 días contados a partir de hoy
DOF
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-041-SEMARNAT-2006, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible

Importación de productos diversos de Brasil. Cupos

Hoy se dan a conocer los cupos de importación para diversos productos químicos originarios de Brasil
Entra en vigor el 04 de abril
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar a los Estados Unidos Mexicanos diversos productos originarios y provenientes de la República Federativa del Brasil

Importaciones de maíz amarillo de Estados Unidos

Hoy se da a conocer, para el 2006, la cuota adicional para importar maíz amarillo, originario de los Estados Unidos de América, excepto para siembra.
Entra en vigor el día 04 de julio de 2006 y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2006
DOF
Secretaría de Economía
Acuerdo por el que se da a conocer la cuota adicional para importar maíz amarillo, excepto para siembra, originario de los Estados Unidos de América en el año 2006

Fuentes de Información: Diario Oficial de la Federación (DOF) y Gacetas Parlamentarias del Congreso de la Unión


Diario Oficial Digital

Para conocer el texto completo de las disposiciones lo invitamos a ver información sobre producto


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Actualización: Enero 08, 2008